Ni definición final ni admisión inmediata
El otro día la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) divulgó la papeleta que quiere presentar al elector para el referéndum estadidad sí o no del 3 de noviembre.
Es uno de los documentos que la CEE tendría que enviar en los próximos días al Departamento de Justicia de Estados Unidos, con la esperanza de obtener el visto bueno de esa oficina federal y solicitar acceso a $2.5 millones que ayudarían a financiar la próxima consulta de status.
Una ley de enero de 2014 permite al gobierno de Puerto Rico pedir al Departamento de Justicia de Estados Unidos que determine si la papeleta electoral, la campaña educativa y la administración que desarrolle la CEE sobre un referéndum para resolver el status político de la Isla cumple con las normas constitucionales, legales y de política pública del gobierno federal.
Sin entrar en el debate de si un referéndum estadidad sí o no cumple con los requisitos de la ley federal, la primera prueba de fuego que tendrá el Departamento de Justicia estadounidense es examinar las expresiones rimbombantes que hace el estatuto aprobado por el gobierno del Partido Nuevo Progresista (PNP).
La medida que convoca al referéndum se titula “Ley para la Definición Final del Estatus Político de Puerto Rico” e indica en su introducción que dispone “las reglas para la celebración de un plebiscito el 3 de noviembre de 2020 que solucione el centenario problema de Puerto Rico como territorio de Estados Unidos de América”.
Mientras, la pregunta que se le hace al electorado es si Puerto Rico debe o no “ser admitido inmediatamente dentro de la Unión como un Estado”.
¿Permite este referéndum una definición final del status? Evidentemente, no.
La decisión final de cualquier proceso sobre el futuro político de Puerto Rico tendrá que contar con la aprobación del Congreso y esta legislación no obliga al legislativo federal.
¿Puede la votación de noviembre lograr la admisión inmediata de Puerto Rico como estado? Por supuesto que no.
Más aún, el propio Partido Nuevo Progresista (PNP) ha aceptado en el último año que en camino a la estadidad aspiran primero a convertir a Puerto Rico en un territorio incorporado, que supondría la plena aplicación en la isla de los impuestos federales sin alcanzar los derechos políticos de la estadidad.
Ese es el contexto de los últimos dos proyectos de ley presentados por la comisionada residente en Washington, Jenniffer González, que en vez de estadidad ahora propone convertir la isla primero en un territorio incorporado.
La más reciente legislación de González, presentada en octubre de 2019, proponía un proceso de transición hasta mayo de 2022. Bajo la medida, que se sabe no será aprobada en esta sesión, el Congreso podía incorporar a Puerto Rico como territorio si los electores de la Isla votan por la estadidad en el plebiscito de noviembre.
El primer proyecto pro estadidad del cuatrienio de la comisionada González propuso un proceso de transición de ocho años. Como se ha discutido antes, en estos momentos se prevé que la Junta de Supervisión Fiscal – que solo puede existir bajo el status territorial vigente-, controle las finanzas de la Isla por lo menos hasta junio de 2025.
El referéndum de noviembre puede ser una oportunidad para conocer por donde anda el respaldo a la estadidad e intenta alentar al Congreso a tomar cartas en el debate sobre el status político de Puerto Rico.
Pero, claro está, no será el último referéndum de status en la Isla.
La consulta no significa la “definición final” de status ni permitirá la “admisión inmediata” de la Isla como estado de Estados Unidos.
Esas caracterizaciones, sin embargo, pueden facilitar que el Departamento de Justicia federal pida que la Legislatura de Puerto Rico enmiende el estatuto o evite vincularse con el referéndum de noviembre próximo.